La ovodonación en Argentina está reglamentada por el decreto 956/2013. El mismo determina que tanto los óvulos como los embriones deben provenir exclusivamente de aquellos bancos de gametos o embriones debidamente inscriptos en el Registro Federal de Establecimientos de Salud (ReFES) de la Dirección Nacional de Regulación Sanitaria y Calidad en Servicios de Salud, dependientes del Ministerio de Salud.